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VENEZUELA: EMPRESARIOS DEBEN PAGAR CONTRIBUCIONES PARAFISCALES COMO IVSS, FAOV E INCES; CONOZCA MONTOS, ALÍCUOTAS Y FECHAS DE PAGO

 

 

Maracaibo, 24 de marzo de 2026.

MUNDIAL ZULIA RADIO INTERNACIONAL

 

En Venezuela los empresarios deben cumplir con el pago de contribuciones parafiscales, las cuales requieren gestión precisa para evitar riesgos y multas, además de garantizar la sostenibilidad de la empresa. Estas contribuciones son tributos establecidos por ley que recaen en determinados grupos sociales o económicos a favor de entes públicos con autonomía financiera.

 

El abogado especialista en derecho tributario, Manuel Olivieri, detalló que existen varias contribuciones con distintas bases legales e imponibles. Una de ellas es el Fondo Nacional Anti Drogas (Fona), regulado por la Ley Orgánica Anti Drogas. El lapso para pagarlo es de 60 días continuos después del cierre del ejercicio económico y aplica para personas jurídicas con o sin fines empresariales que cuenten con más de 50 trabajadores; las alícuotas son del 1% y 2%.

 

Otra contribución corresponde a la Ley del Deporte (Lodases), con plazo de pago de 120 días continuos después del cierre del ejercicio económico. Se debe presentar una declaración estimada dentro de los 190 días del cierre y pagar el 0,25% sobre la utilidad del ejercicio anterior; la alícuota final es del 1% sobre la utilidad neta contable anual declarada para el impuesto sobre la renta.

 

Respecto al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Fonacit), regulado por la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, el aporte debe realizarse mensualmente según la última reforma del artículo 32. La base de cálculo aplica para personas jurídicas públicas y privadas con ingresos brutos anuales superiores a 150.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor del BCV. Las alícuotas son del 2% para bingos, casinos, alcohol y tabaco; 1% para empresas de hidrocarburos; y 0,50% para el resto de las compañías, sobre los ingresos brutos.

 

El aporte al Fondo de Vivienda (Faov), según la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, se paga dentro de los primeros cinco días del mes siguiente. Están obligadas personas jurídicas públicas, privadas y trabajadores independientes. Tanto el patrono como el trabajador aportan: el patrono paga el 2% y el trabajador el 1%, calculados sobre el salario integral.

 

Para el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (Ivss), regulado por la Ley del Seguro Social Obligatorio, el pago se realiza dentro de los cinco primeros días del mes siguiente. Tanto patrono como trabajador contribuyen sobre el salario normal. La alícuota del patrono varía según el riesgo de la empresa: 9%, 10% o 11% (riesgo máximo); el trabajador aporta el 4%, con tope de cinco salarios mínimos.

 

El Régimen Prestacional de Empleo (RPE) se paga los primeros cinco días del mes siguiente, calculado sobre el salario normal. El patrono paga el 2% y el trabajador el 0,5%. Además, deben pagar el Instituto Nacional de Capacitación Socialista (Inces) según su ley, los cinco primeros días del mes siguiente al trimestre. El patrono aporta el 2% y el trabajador el 0,5% solo cuando cobra utilidades, sobre el salario normal.

 

Los empresarios también pagan la contribución al LPSFBI (Ley de Protección de las Funciones de Seguridad Social frente al Bloqueo Antiimperialista) mensualmente; es el 9% sobre todos los pagos realizados al trabajador, a cargo del patrono. Los pagos se realizan en bancos autorizados, generalmente públicos, o en línea a través de portales de los entes correspondientes.

 

Por su parte, el contador José Antor destacó que entre las principales contribuciones están Ivss, Inces y Faov. "El Ivss se paga mensualmente y puede ser entre 14%, 15% o 16% según el riesgo de la empresa, el Inces cada tres meses, el 5% de la nómina. Una vez al año le retienen el 2,5% de las utilidades del trabajador", dijo.

 

Además de las parafiscales, los empresarios pagan contribuciones a alcaldías (según la Ley de Armonización Tributaria), y tributos al Seniat: 16% de IVA, 2% de ISLR y 3% de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), este último cargado al contribuyente cuando paga en divisas. Antor señaló que estos tres grupos de impuestos representan el 40% de los ingresos de un empresario.




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